Noticias 2006

 

 

Tómese 5 minutos para conocer más sobre su Fondo de Capitalización Laboral (FCL)

 

Con tiempo

 

A partir de abril de 2006, quienes tengan cinco años de trabajo continuo con un mismo patrono, podrán disponer del Fondo de Capitalización Laboral (FCL). Es importante que se informe y tome la decisión que más le convenga.

 

Qué es el FCL?

 

El FCL es un ahorro laboral creado por la Ley de Protección al Trabajador y administrado por las Operadoras de Pensiones Complementarias (OPC) del cual puede disponer de quedarse sin empleo o al cumplir cinco años de relación continua con un mismo patrono.

 Este ahorro se nutre de un aporte patronal del 3% del monto de su salario reportado a la CCSS –aportado por el patrono- - y cuya mitad es trasladada a su pensión complementaria anualmente.

 

Cosas que debo saber sobre el FCL

 

¿Dónde verifico el saldo y la acreditación de recursos a mi FCL?

En el estado de cuenta que su OPC le debe enviar al menos cada seis meses o en cualquier momento cuando usted lo solicite a la OPC.

 

¿Cuándo se puede acceder al FCL?

Al fi nalizar su relación laboral, en caso de fallecer el trabajador o al cumplir cinco años de relación laboral con un mismo patrono.

 

Si en abril próximo tengo cinco años de trabajar para el mismo patrono, ¿tengo necesariamente que retirar mi FCL?

No. Puede dejarlo en el fondo y seguirá ganando rendimientos. También puede trasladarlo a su plan de pensiones o ahorrarlo de otra manera.

 

Si no lo retiro ahora, ¿tengo que esperar otros cinco años para hacerlo?

No, estará disponible cuando usted lo necesite o en caso de terminar su relación laboral. Los únicos ahorros que no podría retirar son aquellos que corres ponden al nuevo período de acumulación.

 

¿Qué pasa si mi patrono está moroso con la CCSS?

Si su patrono está moroso, usted se ve perjudicado porque hay menos dinero en su cuenta, pero no pierde el derecho. Consulte la situación de su patrono en su OPC, en su orden patronal o en la CCSS.

 

¿Dónde obtengo más información sobre el FCL?

Consulte a su OPC todo lo que necesite saber sobre su FCL. Además, SUPEN creó un sitio en Internet donde se responden estas y otras preguntas relevantes sobre el FCL.

La dirección es http://www.mifcl.info

 

¿Cómo puedo disponer de mi FCL?

 

Si usted cumple en marzo próximo los requisitos y decidió retirar su FCL, considere

lo siguiente:

 

1. Puede comenzar a gestionar el retiro de su FCL desde ahora.

2. Solicite el formulario de retiro a su Operadora de Pensiones Complementarias (OPC)

3. La OPC tiene 15 días hábiles para entregarle el dinero (una vez que haya cumplido los requisitos y llenado el formulario).

4. Debe indicar cómo desea recibir el dinero: personalmente en su OPC o por medio de transferencia electrónica a su cuenta cliente en su entidad fi nanciera.

5. El retiro del FCL no tiene absolutamente ningún costo para el afi liado (ni comisiones ni cobros indirectos).

6. La entrega del dinero no está sujeta a la compra de ningún producto, servicio o apertura de cuentas nuevas en la entidad con la que realice la transacción.

 

Si tiene alguna duda o inquietud comuníquese con su OPC.

 

BN-Vital

800 268-4825

INS-Pensiones

284-8055

Interfín-Banex

800 427-9325

Popular Pensiones

261-8920

Vida Plena

257-2717

BAC San José Pensiones

295-9200

BCR-Pensión

287-9075

CCSS/OPC

522-3630 • 522-3635

por l

O bien infórmese en la SuPen

 

Teléfono: 243-4433 ó 243-4436

Fax: 243-4444

Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. .cr

Dirección en Internet: www.supen.fi .cr

Toda la información sobre el FCL también puede encontrarla en el sitio en Internet

www.mifcl.info

Teléfonos:

Correo electrónico:

Dirección:

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