Noticias 2013

LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS DE LA CORTE PLENA APROBARON EL PLAN DE TRABAJO PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DE DESPERSONALIZACIÓN DE DATOS SENSIBLES EN LAS SENTENCIAS JUDICIALES  

 

Comunicado del Departamento de Prensa del Poder Judicial 

 Folder ilustrativo con papeles en su interior y una llave que lo asegura

 

·Labor de despersonalización iniciaría con aproximadamente 40 mil sentencias, emitidas  antes del 5 marzo de 2013.
 
·Proponen que mediante modalidad de TCU, se desarrolle este trabajo con las sentencias dictadas después del 5 de marzo de 2013.
 
·Las resoluciones judiciales se podrán despersonalizar a petición de las personas intervinientes.
 
En resguardo de los datos personales que incluyen las sentencias emitidas por los diversos órganos jurisdiccionales del país, las y los magistrados de la Corte Plena aprobaron  el plan de trabajo para el desarrollo del proyecto de despersonalización de datos sensibles en las sentencias judiciales.
 
La propuesta la presentó la Comisión de Protección de Datos del Poder Judicial integrada por los magistrados y magistrada, Carlos Chinchilla Sandí, coordinador,  Paul Rueda Leal y Julia Varela Araya, así como el Director de Tecnología de la Información (TEI), Rafael Ramírez López.
 

Carlos Chinchilla Sandí en su escritorio

 

“No todas las sentencias se incluirán en este proceso.  Vamos a despersonalizar todos aquellos fallos judiciales seleccionados y con indicación de las referencias personales, nombre cédula de identidad y otros elementos de identidad, que tengan relación dentro del fallo con un dato sensible.  Datos sensibles son aspectos determinantes de la persona y su entorno con la sociedad, como origen racial, salud, vida sexual, orientación sexual, opiniones políticas, convicciones religiosas, espirituales o filosóficas, condiciones socioeconómicas, información biomédica o genética, dirección exacta de la residencia, operación bancaria o financiera, fotografía o número telefónico privado y de otra naturaleza.  Todos estos deben tener una identificación de un elemento que podría ser discriminatorio o excluyente de la sociedad, cuando estos datos tengan estas características, de que lo puedan discriminar o excluir se convierte en un dato sensible, pero no en sí mismo se puede considerar sensible”, explicó el magistrado Carlos Chinchilla Sandí, coordinador de la Comisión de Protección de Datos Personales.
 
Este trabajo de despersonalizar las sentencias contempla tres escenarios de acción y las propuestas para cada uno de los casos.
 
En un inicio el trabajo se enfocaría en unas 40 mil sentencias que es una suma aproximada de las resoluciones que se tendrían desde la vigencia de la Ley de Protección de Datos Personales hasta el 5 de marzo de 2013, plazo en el que finaliza el Transitorio I que contempló la norma legal, para la resolución de dicho proceso.
 
Para esta labor se está en las gestiones para elaborar y publicar  el cartel de licitación, para la contratación de una empresa que brinde el servicio de despersonalización, bajo estándares de confidencialidad, calidad y  experiencia requerida, con un costo que oscilará los ¢18.324.000, en un período de trabajo de 7 meses. Estas resoluciones serán las autorizadas para ser publicadas en Internet  y  en el Sistema Costarricense de Información Jurídica (SCIJ).
 
En el segundo escenario se trabajará con la información judicial emitida a partir del vencimiento del plazo Transitorio I, del 5 de marzo 2013.
En este punto, se desarrollará el proceso bajo la modalidad de Trabajo Comunal Universitario (TCU), aprobada por el Consejo Superior, que se ejecutaría dentro de la institución, para evitar que dicha información salga del Poder Judicial y minimizar los riesgos de divulgación, resguardando su confidencialidad.  Tendría a su cargo una persona del despacho como supervisor, que aclararía dudas y velaría por la calidad del trabajo.
Para ello, se está a la espera de que el Consejo Nacional de Educación Superior (CONESUP), resuelva si acepta o no dicha actividad como Trabajo Comunal Universitario (TCU).
 
También la Dirección de Tecnología de Información del Poder Judicial, trabaja en mejorar el sistema tecnológico desde el PJ- Editor para facilitar el proceso de despersonalización a futuro y se propone, igualmente cambios en el  Sistema de Gestión de Despachos Judiciales, para incluir dentro del Registro de Resolución, la opción para que el  operador jurídico , mediante una casilla de verificación, señale que una resolución contiene un dato sensible, conforme lo señala la Ley 8968, el sistema permitirá seleccionar  de una lista cual es el dato catalogado como de esta manera.
 
Mediante este proceso el documento sería remitido a una carpeta denominada “DATOS SENSIBLES”, en la cual las personas responsables de la despersonalización, tomarán de allí las resoluciones para ser tratadas.  Cumplido el trabajo se remitirá a una carpeta denominada “DESPERSONALIZADAS”,  que tendrá la función de Repositorio Único de Datos (RUD), que será el  lugar de carácter oficial,  en el cual los sistemas de información correspondientes, podrán obtener el documento para proceder a la publicación de la resolución en sus sitios web.
 
El tercer proceso será la despersonalización de las informaciones judiciales emitidas antes de la vigencia de la ley (antes de setiembre del 2011), labor que será de forma paulatina y a petición de parte.  Se tiene proyectado que unas 450 mil sentencias deberán despersonalizarse y para ello se colocará un aviso en la página electrónica del Poder Judicial, para que las personas usuarias tengan la posibilidad de solicitar que las sentencias donde intervienen sean desapersonalizadas.
 
Sin embargo las sentencias pasarían por un proceso de valoración para determinar si “…si  la despersonalización solicitada corresponde a información  que contenga algún dato sensible,  entendiéndose este como  “aquella información que pueda ser utilizada contra una o varias personas para discriminarlas o excluirlas”. Es decir ,  donde confluya un dato  personal  junto con alguna información relativa al fuero íntimo de la persona  que pueda generar alguna discriminación  tal como: origen racial, datos relativos  a la salud, vida sexual, orientación sexual, opiniones políticas, convicciones religiosas,  espirituales o filosóficas,  condición socioeconómica, información biomédica o genética, dirección exacta de la residencia, operación bancaria o financiera, fotografía, números de teléfonos privados y otros de igual naturaleza.”, se desprende del  proyecto aprobado por Corte Plena.
 
De acuerdo con  el magistrado Chinchilla Sandí, la Comisión de Protección de Datos Personales también trabaja en la revisión, análisis y discusión de un reglamento interno para el cumplimiento de esta ley, para homologar estos procesos en las Salas de Casación y Tribunales, teniendo como base un proyecto de reglamento que  remitió la Dirección Ejecutiva.  Agregó que “el  primer borrador es una muy buena iniciativa y muy acertada, y vamos a conocerla en el seno de la Comisión, para hacerle las consideraciones correspondientes y si logramos un  acuerdo,  pasarlo a Corte Plena para su aprobación”.
 
Sin embargo, también se está a la espera del reglamento que establece la ley, a cargo de la Asociación de Protección de Datos (PROHAB), cuya norma vendría a estandarizar la despersonalización, entre todas las instituciones públicas y agencias privadas que se dedican a acumular informaciones en bases de datos personales.
 
 
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