Por acuerdo del Consejo Superior |
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Promover el respeto y resguardo de los derechos de las trabajadoras embarazadas o en período de lactancia, fue lo que motivó al Consejo Superior del Poder Judicial, a aprobar los “Lineamientos generales para trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia”. El documento fue elaborado por la Secretaría Técnica de Género, tomando en consideración el principio de igualdad consagrado en el artículo 33 de la Constitución Política y en el cual recoge plenamente la Política de Equidad de Género del Poder Judicial y que ha sido interpretado de manera exhaustiva por la Sala Constitucional, como la necesidad de un trato desigual en función de las necesidades y s humanos. características diferenciadas de los sere“Deben tenerse en cuenta las diferencias biológicas que hay entre la mujer y el hombre y las diferencias que la sociedad y la cultura han creado. En ciertas circunstancias será necesario que haya un trato no idéntico de mujeres y hombres para equilibrar esas diferencias” puntualizó el documento. Los lineamientos plantean a las jefaturas de los distintos ámbitos, las disposiciones de eximir a las trabajadoras en estado de gestación, a participar de actividades de alto impacto físico y/o emocional o largas jornadas de trabajo que pongan en riesgo su integridad o su condición de embarazo, valoradas éstas según las características del área de trabajo en que se desempeñen. Además las embarazadas o en período de lactancia no podrán ser trasladadas de lugar de trabajo, sin valorar de previo las consecuencias que una decisión de ese tipo tendría sobre su situación de salud integral y la de su hija o hijo, igualmente aplica para cambios en las funciones que tienen a su cargo. Se debe evitar que la condición de embarazo o encontrarse en período de lactancia se constituyan en elementos discriminatorios a efectos de nombramientos, ascensos o acceso a la capacitación, así como evitar presiones que impidan a las compañeras que cuentan con permiso de lactancia hacer uso de ese derecho. Las mujeres que se encuentren en estado de embarazo deben informar a la jefatura acerca de su condición para que éstas tomen las previsiones necesarias e informar a los órganos competentes si consideran no están tomándose en cuenta sus condiciones particulares y están violentándose sus derechos y lo planteado en estas recomendaciones. Los lineamientos también disponen que la institución cuente con lugares dignos y con las condiciones mínimas de aseo para la extracción de la leche materna, y que las servidoras que requieran amamantar a sus hijos o hijas lo puedan hacer en espacios adecuados como los salones de lactancia que se encuentran regulados por el Ministerio de Salud, pues se trata de un derecho humano que se encuentra protegido en diversos instrumentos nacionales e internacionales. Las administraciones y el Servicio de Salud deberán realizar los esfuerzos necesarios para tal efecto. |
Esta es una reproducción de la noticia publicada en el Observatorio Judicial - Actualidad Judicial, el 10 de octubre de 2013, por la Sección de Prensa, Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional del Poder Judicial.