Magistrado Rolando Vega Robert
Director
Nos complace mucho poner en manos del amable lector el ejemplar número cinco de la "Revista de la Sala Segunda".
Queremos continuar difundiendo con esta publicación semestral, los aportes doctrinarios de diversos y reconocidos criterios de juristas y personas vinculadas al derecho, nacionales y extranjeros, sobre temas que tienen relación directa con la competencia de la Sala Segunda de la Corte.
Además, mantenemos el afán de publicar articulas de opinión de usuarios y usuarias de nuestro sitio Web sobre problemas existentes en las materias de las que conoce la Sala. Mantenemos abierta una sección para comentarios sobre jurisprudencia en general sobre temas vinculados y que resultan de especial interés por su incidencia en nuestra sociedad para los operadores del derecho y el público en general.
En este número, usted encontrará un merecido agradecimiento y mensaje de despedida al doctor Bemardo van der Laat Echeverria, Magistrado propietario de la Sala Segunda y quien se jubiló el 30 de setiembre del pasado a–o 2007
Luego, se presentan las reflexiones del Dr. Juan Rafael Espinoza Esquivel, Abogado, Doctor en Derecho, Catedrático del Instituto de Estudios del Trabajo de la Universidad Nacional sobre "Una Agenda Laboral Necesaria con o sin Tratado de Libre Comercio". Su disertación se realiza -según él mismo expone- "desde la óptica de que es preciso realizar ciertas reformas o cambios, en beneficio -básicamente- de los sectores trabajadores porque, con fundamento en la problemática social costarricense y con el avance del pensamiento de contenido humanista y social, se han ido tornando como necesarias, incluso al margen de la ratificación del Tratado de Libre Comercio de Centroamérica y República Dominicana con los Estados Unidos". Indica además que, "Al ser aprobado el referido instrumento internacional, se vuelve más imperiosa la adopción de ciertas medidas, de diversa índole, que favorezcan a los trabajadores de Costa Rica, por cuanto el Tratado, en su Capitulo
Dieciséis, deja a cada pals miembro establecer, reconocer, proteger y, eventualmente, mejorar su propia legislación laboral.". El autor se refiere a una agenda que contenga, entre otros, los siguientes aspectos: la democratización económica y laboral de las empresas y del país; la actualización de la legislación laboral, aprobación del Proyecto de Reforma Procesal Laboral; poner en práctica el seguro de desempleo involuntario; evaluación y ejecución plena de la Ley de Protección al Trabajador; universalización de la seguridad social; eliminar la morosidad con la seguridad social; unificación de la inspección laboral y de la seguridad social; creación del Consejo Económico Social; constitucionalización del movimiento solidarista; incentivar el cumplimiento del ordenamiento juridico-Iaboral; todo esto expuesto con gran profundidad y aplomo con la finalidad de transitar por un camino de justicia social.
Por su parte, las Master Luz Marina Gutiérrez Porras y Mayela Gómez Pacheco, nos ofrecen "Una reflexión en torno al régimen mixto de empleo en la Administración Pública". Ellas realizan un estudio sobre lo que disponen los articulas 111, inciso 3, y 112, incisos 2 y 3 de la Ley General de la Administración Pública, en tanto prescriben que no se consideran servidores públicos los empleados de empresas o servicios económicos del Estado encargados de gestiones sometidas al derecho común. En consecuencia, se consideran regidos por el Derecho Laboral y las disposiciones legales o reglamentarias de derecho público que resulten necesarias para garantizar la legalidad y la moralidad administrativas, conforme se determine por Decreto Ejecutivo. Las autoras plantean que las disposiciones mencionadas no son suficientes como para obtener verdaderamente una certeza jurídica respecto de su aplicación a un determinado grupo de trabajadores, empleados u obreros que pese que laboran para la Administración Pública, no realizan gestión pública. Las autoras instan a los estudiosos de la función pública "para proseguir en el debate de estas disposiciones legales y visualizar incluso, la necesidad de un replanteamiento de fondo, con el propósito de obtener una mayor exactitud en sus conceptos, no solo en aras del servicio que presta el Estado a la entera colectividad, sino en relación con los derechos de los trabajadores que laboran para este tipo de empresas o servicios económicos del Estado".
El Dr. Bernardo van der Laat Echeverrla, ex Magistrado de la Sala Segunda, trata el tema "La Jurisprudencia como Fuente del Derecho. Algunas Particularidades en el Derecho del Trabajo", dentro del cual, plantea algunos temas especificas en torno a la jurisprudencia como fuente del Derecho y algunos aspectos en el Derecho del Trabajo, tales como, la trascendencia de la sentencia colectiva, la jurisprudencia emanada de las decisiones de los órganos de control de la Organización Internacional del Trabajo, y como de especial relevancia, la jurisprudencia vinculante y la independencia del Juez.
El Dr. Wilbert Arroyo Alvarez, Catedrático de la Universidad de Costa Rica, colabora con este número, realizando un estudio sobre "El 595 del Código Civil de Costa Rica: ÀLimitación a la Libertad de Testar?". La idea del autor es determinar que la norma que contiene dicho articulo, en nada constituye una limitación a la libertad de testar y que, a lo sumo, reitera lo que desde el derecho romano se ha pretendido proteger como alimentos de ciertos alimentarios por su relación familiar con el causante, pero que está muy lejos de ser, desde el punto de vista técnico jurídico, una "legitima atenuada" o una "libertad limitada". El doctor Arroyo indica que, aún cuando la interpretación que él realiza del articulo 595 no es la "oficial" de los Tribunales, ni de algunos civilistas nacionales, plantea otra perspectiva del asunto, lo que no significa no estar de acuerdo con la "intencionalidad" de la norma de marras; pero considera que el 595 es inconsistente y deberla sufrir una importante reforma para que se logre su fin último. De esta manera, termina proponiendo algunas reformas al sistema sucesorio, como aporte a la discusión.
El Master Eric Briones Briones, abogado y profesor universitario, aporta un estudio sobre el tema: "La Jubilación (un Derecho Fundamental de todo Trabajador)". Distingue primero el término jubilación del término pensión, para luego afirmar que 'Dentro de la legislación costarricense el trabajador, tiene el derecho a la jubilación y a recibir por ende de una pensión, sin embargo, ha existido legislación que ha coartado dicho derecho, bajo ciertos presupuestos en la vida del trabajador." En su reflexión el autor expresa que, el derecho fundamental a la jubilación puede estar sujeto a regulaciones, pero solamente las que imponga el mismo régimen de pensiones al cual se encuentra adherido el trabajador y ningún otro, aunque éste haya cometido algún acto indigno, ilícito o algún crimen.
El trabajo de investigación realizado por los (as) Licenciados (as) Elizabeth Méndez Chaves, Alina Fallas Zeledón, Lesly Marian Rivera Jiménez, Kattia Paniagua Barrantes, Maureen Salas Retana y Gerardo Badilla Rumoroso, analiza un tema de mucha actualidad: "Matrimonios por Conveniencia". Presentan un estudio sobre el uso indiscriminado del articulo 1256 de nuestro Código Civil y el articulo 30 del Código de Familia, por parte de grupos de notarios que lucran en forma inescrupulosa con la realización de matrimonios simulados, de personas extranjeras -que buscan salir de sus respectivos países por situaciones especiales- con nacionales -hombres y mujeres residentes en las zonas urbanas marginales-, quienes a cambio de una suma peque–a de dinero estampan su firma en el acta de matrimonio. Concluyen los autores que, la institución matrimonial se ve seriamente afectada al simular este lazo, pues se pierden los principios esenciales de un matrimonio, como son el mutuo auxilio, la cooperación y la vida en común. Además, se afecta el futuro del nacional que pierde de esa manera su soltería, con las consecuencias patrimoniales correspondientes, sobre todo si se trata de casos en que no ha dado su consentimiento, sino que otros tomaron sus datos y fueron utilizados para tal efecto.
Otra Sección de la Revista incorpora un tema de actualidad internacional como es el "Aumento de Jornada Laboral a 65 Horas Semanales. Acuerdo de la Unión Europea". También se puede encontrar la Sección con el acuerdo de Corte Plena del Poder Judicial de Costa Rica sobre el "Aumento de la Cuantía en Materia Laboral y Civil". La Sección correspondiente a los Decretos de Salarios Mínimos que rigen en el país a partir del primero de enero del 2008 y la reforma que fija los del segundo semestre, así como, el de Aumento General de Salario a los Servidores Públicos del primer semestre del 2008.
Además, se encuentra incorporada la "Resolución Administrativa del Consejo Nacional de Salarios" que define los titulas y categorías ocupacionales, la cual se complementa con la "Lista de Ocupaciones y Salarios Mínimos" (del 2002 al 2008) que publica el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Se agregan algunos votos de especial interés dentro de la 'Jurisprudencia de la Sala Segunda", que resuelven asuntos relacionados con el despido por ausencias consecutivas, interrupción de la prescripción de la potestad sancionadora, paternidad social y paternidad biológica, simulación relativa subjetiva real, habilitación de funcionario público para el ejercicio del notariado, relación laboral de chofer que brindaba servicios de taxista informal, convención colectiva en el sector público y gestión pública, despido de empleada de confianza en periodo de lactancia, médicos extranjeros residentes, tlas sustitutas, reajuste de pensión de hacienda, oficiosidad del pago y prescripción de los reajustes, despido de funcionaria municipal en periodo de prueba, cómputo de horas extra es diario no acumulativo semanal, indemnización a madre del menor, cláusula de confidencialidad y da–o moral. Nuevamente contamos con Sección de Plan Operativo y de Estadísticas de la Sala Segunda, esta vez correspondientes al a–o 2007 y finalmente, algunas referencias de la Sala Constitucional sobre acciones y resoluciones en materia laboral y de familia, así como, referencias de la Procuraduría General de la República sobre dictámenes y opiniones jurídicas relacionados con el tema de la Función Pública.
Una vez más se le invita a participar en la Revista, enviando sus articulas de doctrina, de opinión y comentarios, al correo electrónico del Centro de Jurisprudencia de la Sala Segunda: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. .