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Noticias 2016

Noticias 2016 (55)

 

Comunicado de Prensa

 

La Auditoria Judicial presentó ante el Consejo Superior, el informe en borrador referente a la “Interpretación y aplicación del transitorio III de la Ley General de Pensiones con Cargo al Presupuesto Nacional (Marco) en el otorgamiento de jubilaciones y pensiones.”

Este estudio corresponde a un producto adicional a los emitidos durante el desarrollo de la “Evaluación sobre el otorgamiento y ajustes de Jubilaciones y Pensiones.”

El informe se vincula en la forma en que el Poder Judicial aplicó el Transitorio III de la Ley General de Pensiones con Cargo al Presupuesto Nacional donde señalaba la posibilidad de que a la persona con tiempo laborado al 15 de julio de 1992, se le podía descontar un año por cada dos trabajados al requisito de la edad (60 años) establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial (N° 7333).

Dicha aplicación se dio, ya que a partir del 15 de julio de 1992 con la entrada en vigencia de la Ley General de Pensiones, se modificó la edad de retiro para los servidores judiciales, siendo que aumentó de 55 años a 60.

La presentación se realizó el pasado viernes 13 de mayo ante la Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Zarela Villanueva Monge y personas integrantes propietarias y suplentes del Consejo Superior.

Por tratarse de un documento en borrador, era pertinente someterlo a consulta en acatamiento de lo dispuesto en el “Manual de Normas para el ejercicio de la Auditoría en el Sector Público” y el “Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público.”

La reunión permitió que las personas integrantes del Consejo Superior externaran las observaciones pertinentes y así llegar a un acuerdo acerca de las acciones a ejecutar, a fin de aprovechar las oportunidades de mejora.

 

Esta es una reproducción de la noticia publicada en el Observatorio Judicial - Actualidad Judicial, el 23 de mayo de 2016, por la Sección de Prensa, Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional del Poder Judicial.

 

Comunicado de Prensa

 

    • En proyecto de Ley “Código Procesal de Familia”.

 

Corte Plena externó su criterio favorable sobre el proyecto de ley que propone una reforma procesal en la Jurisdicción de Familia.

El estudio de la propuesta de ley estuvo a cargo de la magistrada Eva Camacho Vargas, ante la solicitud emitida por la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos de la Asamblea 

Las autoridades judiciales destacaron el proyecto que es una iniciativa del Poder Judicial, en busca de una reforma procesal en materia de Familia, para darle mayor agilidad, Legislativa, que tiene bajo su tramitación el expediente 19 455 “Código Procesal de Familia”.

especialización y modernidad a la ley vigente.

“Este proyecto sí interfiere directamente en la organización del Poder Judicial y afecta lo relacionado con su funcionamiento en lo que respecta a la ampliación de los supuestos en que la Defensa Pública deberá brindar asistencia letrada a las personas que no cuenten con recursos económicos suficientes para contratar patrocinio profesional”, puntualizó el acuerdo de Corte Plena.

El informe también señala que la iniciativa de ley también incidiría en cuanto “…al establecimiento de competencias en asuntos sumarios, la adecuación de los despachos existentes para el logro de los cometidos de la nueva normativa, la eventual instauración de otros tribunales colegiados fuera de la capital y la igualdad de rango en los despachos de segunda instancia”.

Según la propuesta de reforma los órganos judiciales que estarían a cargo de la Jurisdicción de Familia, serían la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, los Tribunales Colegiados de Familia, los Juzgados de Familia, los Juzgados de Niñez y Adolescencia, los Juzgados de Pensiones Alimentarias, los Juzgados de Violencia Doméstica y de Protección Cautelar y los Juzgados de Familia de Asuntos Sumarios.

Los magistrados y magistradas que integran Corte Plena resaltaron que la reforma es propicia en una organización judicial consolidada que está integrada por más de 100 tribunales que atienden la materia de Familia, y más de 200 personas juzgadoras, así como la preparación académica que ha fortalecido la especialización.

 

Esta es una reproducción de la noticia publicada en el Observatorio Judicial - Actualidad Judicial, el 4 de abril de 2016, por la Sección de Prensa, Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional del Poder Judicial.

 

Comunicado de Prensa

 

El programa Matices que se trasmite por Radio Monumental tuvo como invitado al Presidente de la Sala Segunda de la Corte, Orlando Aguirre Gómez, quien informó a la ciudadanía sobre los avances que permitirá la ejecución de la Reforma Procesal Laboral.

El Magistrado junto a otros expertos como el abogado laboralista Mauricio Castro y el Director Ejecutivo de la Unión Costarricense de Cámaras, Fabio Masís coincidieron en el avance importante para el país con esta reforma.

La divulgación forma parte de una estrategia de comunicación del Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional del Poder Judicial para informar a la población sobre los cambios que genera esta nueva ley.

El Magistrado amplió detalles sobre algunos temas de relevancia como el derecho a huelga, la reestructuración en los procesos ordinarios y en la solución de conflictos.

La Reforma Procesal Laboral propone la implementación de procesos modernos, tramitados bajo el modelo por audiencias con la introducción de la oralidad, la toma de la demanda, la definición de las audiencias y el dictado de la sentencia en tiempos razonables.

La sanción de la Ley Procesal Laboral se realizó el lunes 25 de enero, con la participación del Presidente de la República, Luis Guillermo Solís Rivera, la Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Zarela Villanueva Monge y el Presidente de la Asamblea Legislativa, Rafael Ortiz Fábrega; así como autoridades gubernamentales y del Poder Judicial.

Como parte de la estrategia, el Magistrado Orlando Aguirre también ha participado en otros medios de comunicación como: CR Hoy, Noticias Columbia, Diario Extra y en el programa Café y Palabras de 89.9 FM.

 

Esta es una reproducción de la noticia publicada en el Observatorio Judicial - Actualidad Judicial, el 29 de febrero de 2016, por la Sección de Prensa, Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional del Poder Judicial. 

 

Comunicado de Prensa 

 

Los alcances que tendrá la puesta en funcionamiento de la reciente Reforma Procesal Laboral, fue el tema de fondo del programa radial Café y Palabras, de la emisora 89.9, cuyo invitado especial fue el magistrado Orlando Aguirre Gómez.

La entrevista fue dirigida por los politólogos Claudio Alpízar Otoya y Randall Arias Solano y tuvo lugar en las instalaciones del Club Unión, en el centro de San José, este jueves 18 de febrero de 2016.

El magistrado Orlando Aguirre Gómez, Presidente de la Sala Segunda y uno de los redactores de la reforma procesal laboral, explicó los beneficios que se obtendrán con su aplicación en todo el país.

Señaló que se apuesta a un proceso laboral más corto y ágil que el actual, donde se incorpora la figura de la asistencia legal gratuita, para atender a la población de bajos recursos y procurar el acceso a la justicia laboral.

Aguirre Gómez indicó que la incorporación de la oralidad en el trámite de las demandas laborales se convertirá en una herramienta importante para concentrar una serie de etapas del proceso en una sola audiencia.

La reforma se implementaría en todo el país en un año y medio aproximadamente.

 

Esta es una reproducción de la noticia publicada en el Observatorio Judicial - Actualidad Judicial, el 18 de febrero de 2016, por la Sección de Prensa, Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional del Poder Judicial. 

 

 

Comunicado de Prensa

 

  • Corte Plena aprobó cambios al reglamento del Poder Judicial.

Aspectos de mejora en la redacción para clarificar los alcances de algunos artículos, así como la actualización de algunas regulaciones fueron aspectos que aprobaron los magistrados y magistradas que integran Corte Plena.

El texto con las recomendaciones de mejora del “Reglamento de Actuación de la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales en el Poder Judicial”, fue propuesto por la Comisión de Protección de Datos de la Corte Suprema de Justicia.

El magistrado coordinador de la comisión, Carlos Chinchilla Sandí, señaló que el trabajo de actualización de la Comisión en conjunto con la Dirección Jurídica del Poder Judicial, se realizó “para una mayor comprensión de las normas allí reguladas”.

Dentro de las actualizaciones aprobadas está el artículo 12 del reglamento, el cual hace referencia a los datos que deben protegerse donde se establece un nuevo texto el cual señala: “No podrá divulgarse bajo ninguna circunstancia, la información personal relativa a personas menores de edad, personas mentalmente incapaces, víctimas de acoso, de delitos sexuales y de violencia doméstica”.

Se optimiza la redacción del artículo 15, “Datos referente a las partes sentenciadas en el proceso”.

En el caso del artículo 16 que señala los casos en los que se exceptúa de la protección de despersonalización como lo son los nombres de jueces, juezas, personal de la fiscalía y la Defensa Pública, abogados y abogadas de las partes, se incluye el nombre de las personas investigadoras y peritos.

Las modificaciones al reglamento de protección de datos judiciales, perfecciona los alcances de las bases de datos que detalla el artículo 18 y señala que su conservación para consulta interna se realizaría mediante los procedimientos y sistemas informáticos “…establecidos por el Digesto de Jurisprudencia y los Centros de Jurisprudencia, en coordinación con la Dirección Jurídica del Poder Judicial”, detalla el nuevo texto.

Con la aprobación de estas propuestas, según lo determina la Ley vigente, el Reglamento con las mejoras realizadas se remitirá a la Agencia de Protección de Datos.

 

Esta es una reproducción de la noticia publicada en el Observatorio Judicial - Actualidad Judicial, el 11 de febrero de 2016, por la Sección de Prensa, Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional del Poder Judicial. 

 

 

 

Comunicado de Prensa

El Magistrado Orlando Aguirre Gómez, Presidente de la Sala Segunda de la Corte participó de una entrevista en Noticias Columbia, sobre la Reforma Procesal Laboral.

“La Reforma constituye un avance, nos actualizamos y nos adecuamos a las exigencias que hoy en día están teniendo lugar las sociedades más desarrolladas en materia de justicia, entre estos temas: el derecho a las huelgas, procesos colectivos, soluciones de conflictos y otras exigencias de la Organización Internacional del Trabajo que estamos cumplimiento”, indicó el magistrado Orlando Aguirre.

La Reforma Procesal Laboral propone la implementación de procesos modernos, tramitados bajo el modelo por audiencias con la introducción de la oralidad, la toma de la demanda, la definición de las audiencias y el dictado de la sentencia en tiempos razonables.

La sanción de la Ley Procesal Laboral se realizó el lunes 25 de enero, con la participación del Presidente de la República, Luis Guillermo Solís Rivera, la Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Zarela Villanueva Monge y el Presidente de la Asamblea Legislativa, Rafael Ortiz Fábrega; así como autoridades gubernamentales y del Poder Judicial.

Esta divulgación forma parte de una estrategia de comunicación del Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional del Poder Judicial para informar a la población sobre los cambios que genera esta nueva ley. Como parte de la estrategia, el Magistrado Orlando Aguirre también participó el pasado 04 de febrero de una entrevista en Diario Extra.

 

Esta es una reproducción de la noticia publicada en el Observatorio Judicial - Actualidad Judicial, el 10 de febrero de 2016, por la Sección de Prensa, Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional del Poder Judicial. 

 

Comunicado de Prensa

 

18 meses tendrá el Poder Judicial para reorganizar la Jurisdicción Laboral y allanar el camino para la implementación de la Reforma Procesal Laboral, aprobada por la Asamblea Legislativa en diciembre del 2015.

La novedad que caracterizará a los procesos judiciales, la celeridad y la protección de fueros especiales como la maternidad y la sindicalización, son temas que destacó el magistrado Presidente de la Sala Segunda, Orlando Aguirre Gómez, en la Sección “La Entrevista”.

¿Qué representa la Reforma Procesal Laboral para el Poder Judicial y la Jurisdicción Laboral?

Para mí representa un avance muy significativo, no solo porque se remozan muchos institutos jurídicos de fondo, sino también se remozan las situaciones jurídicas desde el punto de vista procesal. Se crean nuevas formas de solución de las demandas a favor de las personas trabajadoras y es un avance para la institución, porque contará con una herramienta que le permitirá dar una solución efectiva

La legislación laboral no ha sido modificada en los últimos 70 años y esta es la primera gran reforma que se hace.

¿Qué beneficios generará esta nueva legislación?

La reforma tiene muchos beneficios para las personas usuarias. Quizá la principal a mencionar es que se le facilita a las personas el acceso a los procesos laborales, sobre todo para las y los trabajadores sin recursos.

Saber que existe una oficina donde va a llegar y se le va a orientar legal y adecuadamente por un profesional en Derecho, es lo más importante.

¿Cuál es el papel que deberá tener la Sala Segunda con la entrada en vigencia de esta reforma?

Como órgano superior de la Jurisdicción Laboral y conjuntamente con la Comisión de la Jurisdicción Laboral, tenemos que trabajar de la mano para aplicar de la mejor manera esta legislación.

El papel de la Sala Segunda va a ser muy importante, en la medida en que le vaya dando los alcances adecuados en la interpretación de estas normas. Si se requiere realizar, en su momento, una vista con recepción de prueba, porque eso va a ser posible, se manejará con los criterios de la nueva reforma.

A nivel presupuestario, ¿qué impacto tendrá para el Poder Judicial?

Los recursos para las plazas de asistencia laboral estarían dentro del presupuesto judicial, pero como un programa separado, como lo señala la ley aprobada. El Poder Judicial lo programa y Hacienda deberá incluirlo al Presupuesto Nacional.

Para el Poder Judicial si tendrá un impacto en aspectos como personal de apoyo, servicios básicos de funcionamiento, locales si se requiere, es un gasto importante que es probable que asuma el Poder Judicial.

¿Cuáles son las principales demandas que atienden las resoluciones judiciales en materia laboral?

En materia laboral la mayor parte de las demandas son por conflictos individuales de trabajo, como demandas por prestaciones, jornadas de trabajo, procesos por fueros de maternidad y sindical, así como casos en materia de pensiones alimentarias en general.

¿Cuál es la importancia de que la Jurisdicción Laboral brinde a las personas usuarias una respuesta efectiva?

El tema de una respuesta efectiva es importante, no solo para las y los trabajadores, porque las pretensiones de cesantía, preaviso y vacaciones que solicitan, requieren una respuesta rápida, pues son para satisfacer necesidades perentorias; para las y los empleadores también son importantes al recibir una resolución pronta de un conflicto, que le facilita el buen manejo de sus empresas. Ofrecerles a ambas partes mecanismos de solución abreviados y conciliados, me parece que es fundamental.

Todo esto va de la mano de la paz social. Entre más satisfacción haya en las soluciones de estos conflictos, la Administración de Justicia se consolida y se potencia como un pilar de la democracia.

 

Esta es una reproducción de la noticia publicada en el Observatorio Judicial - Actualidad Judicial, el 09 de febrero de 2016, por la Sección de Prensa, Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional del Poder Judicial. 

 

Comunicado de Prensa

 

La magistrada suplente de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, Marcela Allón Zuñiga se une al equipo que integra la Comisión contra el Hostigamiento Sexual del Poder Judicial, tras la aprobación por parte de Corte Plena.

La Comisión propicia acciones en todos los sectores del Poder Judicial para prevenir, prohibir y sancionar el hostigamiento sexual como práctica discriminatoria contra la dignidad de las mujeres y de los hombres en el ámbito del trabajo, entre otras acciones.

Cabe destacar que durante el 2015, el área legal de la Secretaría Técnica de Género atendió 27 causas en proceso sobre hostigamiento sexual y violencia, 30 sentencias dictadas, 236 consultas telefónicas y 24 medidas cautelares presentadas.

¿Por qué su interés de integrar la Comisión contra el Hostigamiento Sexual?

El hostigamiento sexual es un problema que afecta el desarrollo personal, la salud física y psicológica de muchas personas. Afecta su derecho a un ambiente sano de trabajo. La institución tiene acciones definidas para enfrentar este problema.

¿Cuál es su plan de trabajo o acciones para apoyar a la Comisión contra el Hostigamiento Sexual?

Voy a colaborar en el fortalecimiento de las acciones que sean necesarias para que los despachos judiciales sean ambientes de trabajo sanos y libres para todas las personas y que conozcan que el no respetar la dignidad de las personas judiciales o personas usuarias tiene consecuencias en la institución.

La institución no consiente este tipo de situaciones y a las personas víctimas les digo que tengan seguridad de las acciones de tutela que tiene el Poder Judicial conforme a la ley.

¿Cuál es el mensaje hacia las personas víctimas de hostigamiento sexual que temen denunciar?

Que confíen en la institución que tiene prevista mecanismos de acceso para generar las denuncias respectivas. Existen diferentes medios para hacerlo, línea confidencial (2295 4607), los subcomités de género en los diferentes Circuitos Judiciales, Secretaría Técnica de Género, Inspección Judicial y las Contralorías de Servicios.

 

Esta es una reproducción de la noticia publicada en el Observatorio Judicial - Actualidad Judicial, el 28 de enero de 2016, por la Sección de Prensa, Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional del Poder Judicial. 

 Procesos laborales se enfilan hacia la celeridad 

  • Reforma permite aplicar oralidad y acortar trámites para darle agilidad a resolución de demandas.
  • Se dará defensa pública gratuita para personas en condición de vulnerabilidad y establece un proceso especial en casos de discriminación. 

Andrea Marín Mena
Periodista

Las demandas laborales en poco tiempo se tramitarán desde un proceso ordinario novedoso, que apuesta por la oralidad y la disminución de trámites para acortar los tiempos de respuesta.

La Reforma Procesal Laboral que aprobó la Asamblea Legislativa en diciembre de 2015, propone una legislación procesal novedosa en los procesos ordinarios laborales, el establecimientos de procesos especiales en demandas por discriminación y que involucra a personas trabajadoras con fueros especiales y promoverá la asistencia legal gratuita para los casos de poblaciones en condiciones de vulnerabilidad comprobada.

 

El nuevo proceso propone darle curso a la contestación de la demanda, en los 10 días hábiles siguientes a su presentación y la audiencia oral se podría definir en el mes siguiente.

La Ley de Reforma Procesal Laboral fue resellada el pasado 25 de enero, por parte del Poder Ejecutivo y contó con la participación de autoridades del Poder Judicial.

Setenta años después de la creación de la Jurisdicción Laboral, llega un proceso moderno, que se regirá por los principios de celeridad, la conciliación, las actuaciones prioritariamente orales, la sencillez, el informalismo, la concentración y la gratuidad o costo mínimo, entre otros.

“Dotar al Poder Judicial de mecanismos ágiles y novedosos para la resolución de los conflictos laborales, era una necesidad en nuestra Jurisdicción Laboral. Hablamos de una materia sensible que demanda de las autoridades judiciales un proceso célere y una resolución efectiva dentro del sector laboral”, destacó la Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Zarela Villanueva Monge.

Villanueva Monge resaltó que la reforma fue una iniciativa del Poder Judicial, cuyo trabajo estuvo a cargo de la Sala Segunda. El texto inicial contó con la consulta y el aval del sector empresarial y sindical del país, lo que permitió la construcción de una propuesta de reforma consensuada.

Para el Presidente de la Sala de Casación Laboral, Orlando Aguirre Gómez, en la reforma procesal destacan muchas novedades. “Se clarifica el tema de la declaratoria legal o no de las huelgas, mediante un proceso más efectivo desde el punto de vista legal. Se agiliza el proceso ordinario laboral al introducirse la oralidad y al eliminar la segunda instancia, cuando se trate de procesos de mayor cuantía o inestimables, dejando un recurso de casación restringido. Se potencia la conciliación y se da un importante avance con el establecimiento de la defensa técnica gratuita”, destacó Aguirre Gómez.

Reforma en detalle:

Proceso ordinario laboral ágil

Con la publicación de la Ley en el Diario Oficial La Gaceta, el Poder Judicial tendrá 18 meses de preparación para la puesta en marcha de la Reforma Procesal Laboral.

Se establece que una vez presentada la demanda, el traslado para su contestación se realice en un plazo de 10 días. De no requerir resoluciones previas, se fija una audiencia oral a más tardar en el mes siguiente.

La audiencia se dividirá en dos fases, la preliminar para informar a las partes sobre el objeto del proceso y el orden en que se conocerán las cuestiones a resolver, es aquí donde se potencia la conciliación y de no darse, se continuaría con la recepción de la prueba, entre otros.

En la fase complementaria se leerán las pruebas anticipadas e irrepetibles y se incorporan por esta vía al debate, se recibe la prueba admitida, comprende la formulación de conclusiones de las partes, según el tiempo que fije el juez o la jueza, se delibera y dicta la parte dispositiva de la sentencia de forma oral. En este acto se señala la hora y fecha para la entrega integral del fallo que será escrito, en los cinco días siguientes.

Los procesos de mayor complejidad se podrían resolver en dos audiencias, según lo disponga el despacho.

Organización y Especialización

La Jurisdicción Laboral se reorganizaría en juzgados, tribunales de conciliación y arbitraje y tribunales de apelación y casación especializados.

De acuerdo con la magistrada Julia Varela Araya, coordinadora de la Comisión de la Jurisdicción Laboral en el Poder Judicial, la especialización en la materia laboral es de suma importancia para las personas usuarias y va de la mano con la reorganización.

“La reforma impulsa a que se cuenten con despachos especializados que den prioridad a estos procesos judiciales, pues en la actualidad se mantienen juzgados y tribunales mixtos que atienden diversas material, no solo en la laboral y el nuevo Código Procesal fortalece la atención especializada de los asuntos laborales”, manifestó Varela Araya.

Las demandas laborales se recibirán en los juzgados quienes resolverán en primera instancia, cualquiera que sea el valor de las pretensiones y servirán de base para constituir los tribunales de conciliación y arbitraje.

Los tribunales de apelación tendrán a su cargo la resolución de segunda instancia de los procesos. Y la Sala Segunda atenderá los recursos de casación que se sometan a su consideración.

Actualmente la Jurisdicción Laboral del Poder Judicial está integrada por despachos especializados, despachos mixtos y despachos contravencionales que atienden la materia. Y el único tribunal especializado es el que se ubica en el II Circuito Judicial de San José, sede Goicoechea.

“Lo que le corresponderá a la institución es hacer una optimización de los recursos. Ya la Dirección de Planificación inició un estudio para determinar los juzgados y tribunales que deberán reorganizarse y reforzarse con plazas para asegurar la especialización”, puntualizó la funcionaria judicial.

En este momento se registran al menos 15 despachos que son mixtos, es decir que atienden procesos judiciales de diversas materiales. En el caso de los Juzgados Contravencionales, éstos mantendrían la competencia de atender estos casos, salvo los asuntos colectivos y mientras la institución no pueda instalar un despacho especializado.

 

Magistrada Julia Varela Araya, Coordinadora de la Comisión de la Jurisdicción Laboral y el magistrado Presidente de la Sala Segunda, Orlando Aguirre Gómez, trabajarán de manera coordinada en la puesta en marcha del nuevo Código Procesal Laboral.

La Ley también propone que los dineros por costas personales que se generen a favor de las partes que reciben la asistencia social, el 50% de lo recaudado será asignado a la sección especializada de la Defensa Pública, para la universalización de su cobertura en todo el país y el otro 50% se depositará en el Fondo de Apoyo a la Solución Alterna de Conflictos, que crea esa Ley.

La capacitación se reforzará para este año 2016, trabajo que desde el 2015 realiza la Comisión de la Jurisdicción Laboral, para preparar a los jueces y juezas que aplicarían la nueva modalidad de tramitación.

 

El Presidente de la República, Luis Guillermo Solís Rivera reselló la Ley de Reforma Procesal Laboral, con la participación de autoridades del Poder Judicial.

“Las personas trabajadoras cuyo ingreso mensual último o actual no supere dos salarios base del cargo de auxiliar judicial I, según la ley de presupuesto de la República, tendrán derecho a asistencia legal gratuita, costeada por el Estado, para la tutela de sus derechos en conflictos jurídicos individuales”, detalla el texto de la Ley.

Esta limitación no rige para las madres y menores de edad que requieran la asistencia especial del Estado, ni los casos de discriminación o casos que señala el título octavo del Código.

La Defensa Pública del Poder Judicial contará con una sección especializada, “…con profesionales en derecho denominados abogados o abogadas de asistencia social, la cual estará encargada de brindar gratuitamente el patrocinio letrado a las personas trabajadoras que cumplan el requisito indicado... La Corte Suprema de Justicia establecerá, mediante un reglamento interno de servicio, la organización y el funcionamiento de dicha sección”, puntualiza la reforma laboral.

Proceso especial por discriminación 

Uno de los alcances más importantes es la incorporación de un proceso especial en los casos de despido por discriminación de las personas trabajadoras.

Las personas que se consideren afectadas por esta causa podrán acudir a un proceso de amparo de legalidad en vía sumarísima judicial en el juzgado laboral para la protección de su fuero sea por maternidad, período de lactancia, las personas trabajadoras adolescentes, las cubiertas por el fuero sindical, denunciantes de hostigamiento sexual y los casos que se presenten por cualquier otro tipo de discriminación.

Este procedimiento permite dictar una resolución previa para suspender los efectos del acto y la persona podría reinstalarse a su puesto provisionalmente, previo al acto final de sentencia de la demanda.

 

Autoridades del Poder Judicial pusieron a disposición su experiencia y apoyo técnico para impulsar en el Congreso la reforma laboral.

 

 

 

 

 

Declaratoria de huelgas y proceso en conflictos económicos y sociales

También se incluye el proceso de declaratoria de huelgas legales e ilegales. Para las autoridades judiciales en este tema se logró clarificar a través de un proceso más efectivo desde el punto de vista legal, con los requisitos específicos para su declaratoria y se acortan los tiempos para el dictado de la resolución judicial en estos procesos, que no sobrepase el mes.

Se especifica sobre los medios de notificación y el tiempo para que los trabajadores se reintegren a sus puestos.

Las autoridades judiciales destacan como un gran avance, la reestructuración efectiva del proceso de solución de conflictos económicos y sociales, tanto en el sector público como en el privado, en los cuales se podrán resolver procesos sobre condiciones laborales colectivas, incumplimientos generalizados donde existan contratos colectivos que “son procesos donde se busca crear acuerdos, normativas que vayan delimitando las condiciones laborales que sean acordes para ambas partes”, destacó el Presidente de la Sala Segunda, Orlando Aguirre.

 

Esta es una reproducción de la noticia publicada en el Observatorio Judicial, el 27 de enero de 2016, edición 191, año 11, por el Departamento de Prensa del Poder Judicial. 

 

Comunicado de la Comisión de Calidad

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